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¿Cuál es la ordenanza sobre ruido del condado de Cobb en Georgia con respecto a los ladridos de perros?

Según el Código de Ordenanzas del Condado de Cobb, Sección 14-207:

"Ningún propietario o persona a cargo de ningún perro permitirá que dicho perro continúe ladrando o haciendo otros ruidos perturbando la paz y la tranquilidad de cualquier vecindario durante más de un total de cinco minutos dentro de un período de treinta minutos. Para los fines de esta sección, Se considerará "barrio" una manzana contigua que contenga veinte o más viviendas residenciales unifamiliares."

En otras palabras, un perro sólo puede ladrar durante un total de cinco minutos dentro de un período de treinta minutos en un vecindario del condado de Cobb. Si un perro ladra durante más de cinco minutos en un período de treinta minutos, el dueño o la persona a cargo del perro puede ser citado por una violación de la ordenanza sobre ruido.