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¿Puedes hornear en casa y vender los productos horneados en un restaurante en Carolina del Norte?

En Carolina del Norte, los panaderos caseros pueden vender sus productos horneados a restaurantes en virtud de la Ley de Alimentos Caseros. Esta ley permite a las personas producir y vender ciertos alimentos no potencialmente peligrosos desde la cocina de su hogar sin tener que obtener una licencia de procesamiento de alimentos. Sin embargo, existen ciertos requisitos y limitaciones que deben cumplirse para poder vender legalmente productos horneados a restaurantes según esta ley.

Requisitos

* El panadero casero debe registrarse en el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Carolina del Norte (NCDA&CS) y obtener un permiso de operación de alimentos caseros.

* La cocina de la casa debe ser inspeccionada y aprobada por NCDA&CS antes de poder vender cualquier producto horneado.

*Todos los productos horneados deben estar etiquetados con el nombre y dirección del panadero local, la fecha de producción y los ingredientes utilizados.

* Los productos horneados deben venderse directamente al consumidor o a un restaurante u otro establecimiento de alimentos. No se pueden vender a través de una tienda minorista ni de otro proveedor externo.

Limitaciones

* Las ventas brutas totales de productos alimenticios caseros no pueden exceder los $20,000 por año.

* Sólo ciertos tipos de alimentos no potencialmente peligrosos pueden venderse según la Ley de Alimentos Caseros. Esto incluye productos horneados como pasteles, galletas, panes y muffins. No incluye alimentos potencialmente peligrosos como carne, aves, huevos, productos lácteos o alimentos que requieran refrigeración.

Si está interesado en vender productos horneados a un restaurante en Carolina del Norte, es importante que se familiarice con la Ley de Alimentos Caseros y cumpla con todos los requisitos y limitaciones. Puede encontrar más información sobre la Ley de Alimentos Caseros en el sitio web de NCDA&CS.