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Al embargar un automóvil en Florida, si el deudor no entrega las llaves, ¿se le permite cortarlas?

En Florida, si un deudor no entrega voluntariamente las llaves de un vehículo embargado, el acreedor o el agente de recuperación puede hacer que le corten la llave para recuperar el vehículo. Sin embargo, el acreedor o el agente de recuperación debe obtener primero una orden judicial que le autorice a hacerlo.

La orden judicial normalmente especificará la marca, modelo y año del vehículo, así como la ubicación donde se encuentra el vehículo. La orden también autorizará al acreedor o agente de recuperación a utilizar fuerza razonable para ingresar a la propiedad donde se encuentra el vehículo y cortar una llave si es necesario.

Una vez obtenida la orden judicial, el acreedor o agente de recuperación podrá proceder a la recuperación del vehículo. Si el deudor intenta interferir con la recuperación, el acreedor o el agente de recuperación puede usar la fuerza razonable para protegerse a sí mismo y al vehículo.

Es importante tener en cuenta que las leyes que rigen la recuperación varían de un estado a otro. Por lo tanto, es importante consultar con un abogado familiarizado con las leyes de Florida antes de intentar recuperar un vehículo.