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Cumplimiento de las Barreras de transporte

Ya no existen las barreras de transporte para muchos modos diferentes de transporte público y privado gracias a los esfuerzos del gobierno federal y la Ley de Rehabilitación de 1973 . Una de las áreas de este acto fue diseñado para hacer frente a las barreras del transporte que limitan los individuos perjudicados , desarrollar nuevos enfoques tales a estas barreras , hacer cumplir las normas y los requisitos legales y reglamentarios , y desarrollar soluciones a las barreras arquitectónicas y de transporte que obstaculizan las personas con discapacidad ya existente. Pautas de Accesibilidad

requisitos de diseño para varios tipos de vehículos de transporte han sido establecidas por las Directrices de Accesibilidad para Vehículos de Transporte (Directrices de vehículos ) . Estas pautas se utilizan para proporcionar reglas para los autobuses , furgonetas, vehículos ferroviarios y otros tipos de transporte público. Estándares de exigencia se desarrollan de acuerdo con el Americans with Disabilities Act , y que son impuestas por el Departamento de Transporte.
Requisitos Generales

Todos los autobuses y furgonetas ( ya sea nuevo o utilizado) que se utilizan como vehículos de transporte público están obligados a tener la normativa de accesibilidad de acuerdo con el Título 49 del Código de Regulaciones Federales . Autobuses y minibuses deben tener un ascensor o una rampa que se debe utilizar para proporcionar acceso en silla de ruedas o ayuda motriz para personas con impedimentos que deben utilizar el transporte público. Regulaciones de accesibilidad también requiere que los vehículos de transporte público tienen un área segura para la estabilización de los pasajeros inmóviles mientras viajan . Otros requisitos reguladores están diseñados para pasamanos, ayudas para la movilidad , cinturones de seguridad y otros dispositivos de retención

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vehículos ferroviarios rápidos - . Tanto nuevos y usados ​​- debe cumplir con los requisitos de accesibilidad que son requeridos por la ADA. Vehículos ferroviarios rápidos deben seguir la " regla de un coche -per - tren " del Título 49 que está diseñado para el transporte de personas con movilidad reducida. Vehículos ferroviarios rápidos que se han diseñado para el transporte de las personas con discapacidad tengan la oportunidad de cumplir con las reglas establecidas en el Título 49 , Sección 37.81 ( c ) . Vehículos rápidos de carril también deben tener por lo menos una puerta que está diseñado para dar cabida a las plataformas curvadas para satisfacer el requisito de espacio horizontal que está presente en algunas zonas de conexión de la estación de ferrocarril . Las puertas , letreros y señales audibles son otras áreas del tren rápido en donde se han establecido reglamentos para eliminar las barreras para el transporte de pasajeros con movilidad reducida.
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Luz y el trayecto en tren de cercanías , sobre la carretera -buses , vehículos y tranvías de tránsito de la vía guía automatizados son algunos de los otros tipos de vehículos de transporte público que se ven afectados por las Directrices de Accesibilidad para vehículos de Transporte . La ADA exige nuevos y usados ​​vehículos públicos adquiridos o arrendados después del 25 de agosto de 1990, para ser accesible a los pasajeros con movilidad reducida. Requisitos generales para este tipo de vehículos se incluyen directrices para los cinturones de seguridad y tener la energía de reserva de emergencia para ascensores y rampas en caso de una falla de energía .